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Miguel G. Rescalvo: "La Tasa de Reposición vuelve a ser un tema clave en 2024"

Miguel García Rescalvo es especialista en temas jurídico-organizativos y, en particular, en Contratación Administrativa, Función Pública y Recursos Humanos. Es además socio fundador de Consejeros de Gestión Pública.

En la actualidad, conjuga su labor profesional consultora con la actividad formativa. 

De hecho, es el profesor titular del  Módulo Premium Plus en la Plataforma Savia Academy, la plataforma digital de formación especializada en RRHH impulsada por Savia dónde podemos encontrarle impartiendo en un ágil y cómodo formato vídeo.

¿Su especialidad? Los contenidos de carácter legislativo y jurídico entorno a las leyes y normas que deben aplicarse en la función pública más concretamente en y desde los departamentos de RRHH de las administraciones locales.

 

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2024: un escenario complejo pero lleno de oportunidades

Cerramos 2023 con un tema que fue una constante durante todo el año: La Tasa de Reposición. ¿En qué punto nos encontramos respecto a la Tasa de Reposición en este momento recién inaugurado 2024?

“Desde la LPE en el año 2017, hemos sido testigos de una sucesión de normas, cuyo objetivo ha consistido en “blanquear” las plantillas existentes de hecho. Es decir, convertir empleo no fijo (laborales temporales e indefinidos y funcionarios interinos) en empleo fijo. Con ello se ha pretendido acabar con el abuso de la temporalidad, lo que supone, a su vez, acabar con la profunda irregularidad jurídica y el mal ejemplo de las Administraciones Públicas.

Por otra parte, los procesos de estabilización comportan restablecer el orden lógico, histórico y generalizado, al menos en los países modernos, en materia de empleo, tanto en el mundo público como en el privado. Esto significa que el trabajo estructural debe ser realizado con empleo fijo, pues el empleo no fijo está previsto para el trabajo coyuntural.

Para terminar de describir el escenario actual te diré que en general, las Entidades Locales viven permanentemente instaladas en una auténtica zozobra, porque, según nos cuentan, sus plantillas de personal fijo son escasas (aun ejecutando los procesos de estabilización), como consecuencia de que las leyes vienen regulando unas Tasas de Reposición de Efectivos claramente insuficientes para sus respectivas necesidades.

Luz al final del túnel. Con la Ley de nuestra parte.

Con todo esto y con más he de decir que hay luz, hay salida ya que nuestras leyes permiten, por diversas vías, que la Tasa de Reposición de Efectivos del año en cuestión, abarque todas las plazas que la Entidad necesite para hacer frente a todo el trabajo estructural que deba realizar.

La opinión contraria a esta afirmación que te acabo de hacer y que por otra parte está tan extendida, obedece, en mi opinión, a una interpretación formalista e incompleta de las normas que regulan la Tasa de Reposición de Efectivos y las plantillas de personal.

 Nuestra conversación nos lleva a profundizar sobre los temas que a su juicio formarán parte de la agenda pública en 2024.

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¿Qué novedades nos reportará 2024? ¿Algún plazo, alguna exigencia reseñable?

“En lo relativo al plano de la gestión este año nos debe de reportar la finalización de todos los procesos selectivos de estabilización, pues es el plazo que tenemos establecido en las normas y, además de la obligación que tenemos de cumplirlas. Ese plazo forma parte de los compromisos contraídos por el Gobierno con la Unión Europea, como contrapartida al acceso a los Fondos Next Generation.

También, por lo que se refiere a la gestión, cabe esperar que, por las mismas normas y motivos señalados, se concluyan todos los procesos selectivos ordinarios, correspondientes a las plazas ofertadas dentro del pasado año 2023, al amparo de la Tasa de Reposición de Empleo específica que autorizó el artículo 20-Dos-4 de la LPE/2023."

Pero...y ¿en cuanto a Leyes?

"En cuanto al ámbito normativo, quizás lo más importante que vaya a ocurrir sea la Ley de Presupuestos del Estado para este año, 2024, no solo por las normas que en materia de personal tiene que contener necesariamente (retribuciones, Oferta de Empleo Público, etc.), sino también por otras normas que, como ya nos tienen habituadas las leyes de presupuestos, suelen venir referidas al tema de personal o a otros temas muy relacionados con el mismo.”

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Hablemos ahora sobre tus módulos de formación: ¿Nos podrías resumir las principales cuestiones que abarcan?

“Con independencia del valor en sí mismo de cada uno de los módulos, el conjunto de los mismos abarca, de manera muy práctica, muy para llevar directamente a la acción, los conceptos y los instrumentos jurídicos, organizativos, técnicos y metodológicos necesarios para gestionar de forma adecuada y óptima los RR.HH. de las Entidades Locales."

Miguel aborda la clarificación, el contenido, el alcance y el régimen jurídico de conceptos e instrumentos tales como los siguientes:

  • La diferencia total que existe entre la Plaza y el Puesto de Trabajo, distinción aún muy poco extendida, lo que genera múltiples e importantes problemas de gestión en el día a día.
  • La fundamental distinción, así como el contenido de la Plantilla (la regulada en las normas sobre personal) y de la Relación de Puestos de Trabajo.
  • El contenido y alcance de cada una de las partes del sistema retributivo y, consiguientemente, de cada uno de los conceptos retributivos.
  • La Oferta de Empleo Público, la Tasa de Reposición de Efectivos y, en su ámbito, la posibilidad legal de ajustar las plantillas a las necesidades reales de la Institución.
  • La movilidad y carrera por la vía de las Plazas (promoción interna), así como la movilidad por la víade los Puestos de Trabajo; es decir, las formas de provisión de estos.
  • El contenido y alcance de los procesos de funcionarización.
  • La configuración de los Puestos de Trabajo. (Descripción funcional, jornada anual, horario de trabajo, disponibilidad y dedicación para trabajar fuera de la jornada, valoración, régimen jurídico, etc.)

Plan Premium Plus

Un programa formativo amplio y práctico

Se trata de un programa formativo amplio y eminentemente práctico, titulado LA GESTIÓN DE LAS PLAZAS, LOS PUESTOS DE TRABAJO Y LAS RETRIBUCIONES EN LAS ENTIDADES LOCALES”, que en su conjunto se corresponde con una formación integral y operativa en la materia. El contenido y aplicación de los Planes de Ordenación de los RR.HH., como instrumentos que, además de contener la necesaria planificación de estos, permiten realizar una aplicación excepcional de las leyes, lo que los convierte en instrumentos, tan útiles como imprescindibles, para llevar a cabo cambios organizativos.


¿Por qué todo profesional público de RR.HH. debería hacer click en tu formación?

"Pues siendo objetivo y desde la profunda convicción que he acumulado a lo largo de mis 43 años de dedicación a las Administraciones Públicas, te diré que es necesario “hacer click” en programas formativos útiles, prácticos y eficaces. Es sinónimo de reciclaje, de mantenerse al día, es, en definitiva, enriquecimiento personal para poder ser lo más útiles posible a la Administración a la que se pertenece. Todo profesional de la Administración debe creerse la enorme importancia del servicio público que presta y eso no puede ser cosa de simples aficionados con buena voluntad y poco más."

Además, en el mencionado actual contexto, creemos, sabemos que existen otras razones importantes para que los profesionales de RR.HH. hagan click en el módulo de este maestro consultor.

  • Se trata de un programa formativo amplio y eminentemente práctico, titulado LA GESTIÓN DE LAS PLAZAS, LOS PUESTOS DE TRABAJO Y LAS RETRIBUCIONES EN LAS ENTIDADES LOCALES”, que en su conjunto pretende aportar una formación integral y operativa en la materia.

  • El programa está estructurado en módulos, cada uno de los cuales está dedicado a un tema específico, lo que comporta que cada módulo tenga valor en sí mismo, independientemente de los demás módulos. Esto facilita, tanto la formación, como la necesidad de acceder a los diferentes módulos, en el día a día, con la finalidad de consulta.
  • Con cada uno de los módulos, se pretende aportar conocimientos en la materia de RR.HH., pero también una manera de entender la actividad de personal centrada, no en aplicar la Ley, como objetivo, sino en aplicar las técnicas de organización y gestión de los RR.HH., como objetivo, en el marco de la Ley.  Aunar, de forma armónica, gestión y legalidad. Mostrar cómo se puede hacer una gestión excelente de los RR.HH. en las Entidades Locales, en el marco de las leyes.
  • Otra ventaja si eligen este programa formativo es que, teniendo en cuenta, por un lado, que la materia de dicho programa es muy amplia y compleja y, por otro, que nuestro enfoque de los diversos temas, con frecuencia no coincide con la práctica habitual, puede ocurrir que las diversas materias susciten dudas o precisen de aclaraciones, ante lo cual se ha previsto la celebración de una sesión on line, cada tres o cuatro meses, en la que el mismo Miguel aborde la respuesta directa a las personas que quieran asistir.

Y ahora...nos ponemos visionarios 

¿Un deseo o dos para cumplir en los próximos 12 meses?

"Creo que yo soy uno más de los que entienden que la Administración debe de cambiar y evolucionar, para adaptarse mejor, y constantemente, a las exigencias de cada momento."

Y puestos a concretar deseos…

  • Que concluyan en plazo todos y cada uno de los procesos de estabilización que se realizan en las Administraciones Públicas. Es decir, que concluyan antes de que finalice el presente año 2024.
  •  Que se promulgue una norma jurídica que permita, de forma directa y sin concurrencia (salvo excepciones, que debe de haber), la funcionarización de determinadas plazas y de los laborales fijos que las ocupan, que procedan de los procesos selectivos de estabilización. El motivo de esta norma excepcional no sería otro que el de ayudar a corregir una actuación muy extendida en las Entidades Locales, que consideramos completamente errónea y de consecuencias muy negativas. La referida actuación ha consistido en contaminar el régimen jurídico de las plazas de estabilización, con el régimen jurídico de la persona no fija que la ocupaba, lo que ha llevado o está llevando, contra la Ley, a consolidar plazas de laborales, cuyos titulares están realizando funciones reservadas a personal funcionario.
  •  Que a finales de año, todas las personas empleadas en las Entidades Locales, principalmente las que ostentan cargos de responsabilidad jerárquica, hayan avanzado en el camino de ser más gestores y menos simple tramitadores de los asuntos públicos.

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