[Este artículo es parte de nuestra guía completa sobre la RPT y la Plantilla que puedes consultar aquí: La RPT o Relación de Puestos de Trabajo como instrumento de gestión pública]
Diferencia entre puesto de trabajo y plaza
Hay ciertos conceptos relacionados con la RPT que generan confusión y que a veces incluso se utilizan de forma intercambiable pero cuya naturaleza es distinta y conviene clarificar: es lo que ocurre con plaza y puesto de trabajo.
Las plazas las crea la administración local y se convocan en la Oferta de Empleo Público (OEP) para su cobertura. Se agrupan en cuerpos, escalas, subescalas, clases y categoría en lo funcionarial. Los puestos de trabajo son los elementos en los que se organiza internamente la Administración y no son objeto de Oferta de Empleo Público. El puesto de trabajo se adquiere una vez obtenida la plaza que será objeto de la correspondiente OEP, de acuerdo con la correspondiente asignación presupuestaria.
En lo que respecta al desempeño, se entiende como la conducta profesional y el rendimiento o el logro de resultados de un empleado público. La evaluación del desempeño es es el procedimiento para medir y valorar dicho rendimiento y supone una de las herramientas clave de la gestión de recursos humanos en un ayuntamiento, junto a la Valoración de Puestos de Trabajo.
¿Se puede perder la plaza?
- Jubilación
- Fallecimiento
- Inhabilitación
- Promoción
Si un empleado público se marcha al sector privado, puede reservar su plaza. Lo que la ley no contempla es la posibilidad de ser titular de dos plazas simultáneamente; si el empleado ostenta una y aprueba unas oposiciones para otra, pierde la que tenía antes. Aunque si las necesidades de la organización lo requieren, el trabajador puede ocupar provisionalmente una plaza sin ser titular de la misma.
¿Se puede estar en dos puestos a la vez?
Sí puede darse el caso de que un empleado público ocupe dos puestos simultáneamente. Veamos un ejemplo: un empleado tiene el puesto de Viceinterventor pero el de Inteventor se queda vacío por alguna razón, por lo que tiene que ocuparlo provisionalmente (lo que se conoce como «nombramiento»). Esta situación se prolonga hasta que otro empleado toma posesión del puesto de Interventor de forma definitiva o si se abre una vacante en OEP y el que ocupaba el puesto de Viceinterventor se presenta y la aprueba. Si esto ocurre tiene que abandonar su antiguo puesto de Viceinterventor para que lo ocupe otro empleado.
Habiendo distinguido los conceptos clave de la gestión de recursos humanos de un ayuntamiento, puedes ampliar tus conocimiento entorno a la RPT con el ebook «La importancia de la RPT. Características y finalidad».
Recuerda que este artículo es parte de nuestra guía completa sobre la RPT y la Plantilla que puedes consultar aquí: La RPT o Relación de Puestos de Trabajo como instrumento de gestión pública]
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